
A diferencia del programa de vacaciones para mayores del Imserso, la oferta de termalismo social está ligada a la prescripción médica, ya que implica un tratamiento de salud. Pueden ser beneficiarios de este programa los ciudadanos que cumplan con todos los siguientes requisitos:
- Ser pensionista del Sistema de la Seguridad Social por los conceptos de jubilación y de invalidez, en todo caso, y por el concepto de viudedad o de otras pensiones, solo cuando la persona beneficiaria haya cumplido los sesenta años de edad.
- También podrán ser beneficiarios de las plazas los españoles residentes en el exterior, siempre que perciban una pensión pública, tengan más de 60 años de edad y cumplan con el resto de requisitos.
- No padecer trastornos mentales graves que puedan alterar la normal convivencia en los establecimientos, ni enfermedad infecto-contagiosa.
- Poder valerse por sí mismo.
- Necesitar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
- Realizar, en el plazo indicado en la convocatoria de plazas, la solicitud y alcanzar el expediente, de conformidad con el baremo establecido, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.
Si la persona solicitante está casada o tiene una pareja de hecho con quien convive, puede ir acompañada de su cónyuge o compañero. Al acompañante no se le exige la obligación de percibir pensión de la Seguridad Social.